«Una acción de la que uno se avergüenza incluso en su soledad más íntima»: una investigación sobre la violencia sexual conyugal (París, siglos XVII y XVIII)
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El delito de violación conyugal, muy recientemente tipificado por la legislación francesa, no existía en el Antiguo Régimen. La sexualidad conyugal es definida por el derecho canónico y secular como un sacramento cuya validez se basa en el principio del intercambio de libre consentimiento. La consumación nupcial confirma este consentimiento inicial y ratifica el matrimonio, pero también impone a los cónyuges el deber conyugal. Así, el consentimiento sexual inaugural prevalece durante toda la vida conyugal. En teoría, esto impide cualquier mención a la violación conyugal. Sin embargo, la ausencia de tipificación específica de la violencia sexual entre cónyuges no impide su persecución judicial de otras formas. Al utilizar un corpus de diversas causas matrimoniales entre 1600 y 1750 (peticiones de separación física, nulidad de matrimonio por impotencia sexual o matrimonio forzado), esta investigación revela testimonios poco frecuentes y experiencias femeninas de este tipo de violencia, para comprender mejor lo que se consideraba violento en la sexualidad conyugal y reflexionar sobre lo que estos comportamientos y su represión dicen sobre el orden del tipo patriarcal.
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